Me acaban de despedir. ¿Qué hago?
Afrontar una situación de despido es un trámite áspero y, en cierta medida, no exento de tensión. En muchas ocasiones, el desconocimiento de la legislación laboral o la confianza en quienes, después de tu esfuerzo y compromiso, te echan a la calle llevan a cometer errores cuya subsanación únicamente queda ya en manos de abogados laboralistas expertos. Desde Tu Indemnización por Despido te damos tres sencillos consejos prácticos de gran utilidad si te encuentras en esta tesitura.
No tienes obligación a firmar nada y mucho menos tu firma ha de implicar una conformidad
Mantén la calma y cuidado con lo que firmas
Si varios jefes te convocan a una reunión porque tienen que «decirte algo importante», que sepas que tienes derecho a contar con la asistencia un representante legal de los trabajadores.
Esto únicamente tiene lugar si en la empresa habéis tenido elecciones sindicales. Si no hay comité o delegados de personal no dispondrás de esta asesoría. Por otra parte, solicita dicha asistencia cuando tengas confianza plena en la representación legal de los trabajadores.
Lamentablemente, ya sea por carencia de conocimientos o de honestidad, en ciertas ocasiones es mejor prescindir de algunos compañeros de viaje. En cualquier caso, pon en todo aquello que te pongan delante «NO CONFORME», escribe la fecha y estampa tu firma. Si es posible graba en audio la reunión. No es delito aunque no sepan que estás grabando.
También te pueden notificar el despido por burofax o por correo electrónico. En estos casos también se suele pedir que reenvíes una copia firmada de la carta de despido. Igualmente, ya sea de tu puño y letra o mediante la firma en PDF o digital, escribe «NO CONFORME», indica la fecha y rubrica el documento.
De otra parte, te indicamos que no tienes obligación a firmar nada y mucho menos tu firma ha de implicar una conformidad. De ahí que, para curarnos en salud, te recomendemos que escribas, junto a la fecha y a la firma, la expresión «NO CONFORME». Y esto es así porque, entre todo el papeleo que te pueden llegar a expedir, haya algún documento en el cual quieran colarte una declaración de conformidad o una cláusula de renuncia de acciones.
Hay ocasiones en las que, con muy malas artes, se pretende condicionar el cobro del desempleo a la firma de este u otro documento. O, para percibir el finiquito, la empresa dispone de una aplicación cuya firma sólo permite la conformidad. Aquí la cosa se pone difícil y lo mejor es que acudas, a la mayor brevedad, a un abogado laboralista. Pero nuestro consejo es que no firmes ese tipo de documentos sospechosos.
Recopila toda la documentación relativa a tu trabajo
No disponer de nuestros contratos de trabajo o tener las nóminas en el portal del empleado y no descargarlas es un error. Si en la empresa se hacen los remolones y no nos facilitan nuestro contrato debemos solicitarlo. De otro lado, disponer de las nóminas es muy necesario para un cálculo certero de tu finiquito o de tu indemnización por despido improcedente. Sobre todo cuando realizamos horas extras, nocturnidades, trabajamos festivos o concurren otras variables salariales.
También es muy aconsejable atesorar, ya sea en papel o en soporte digital, la concesión de las vacaciones. No son pocas las ocasiones en las que, en el finiquito, no se nos pagan días de vacaciones devengados y no disfrutados. Teniendo estos documentos podremos salir de dudas fácilmente.
Y, sobre todo, atesora la comunicación del despido. Tiene que anexarse a la demanda laboral para impugnar el despido.
De todos modos, si no dispones de toda de alguna de esta documentación, la empresa se niega a dártela o, incluso, te han despedido verbalmente, no desesperes ni te agobies. Abogados laboralistas expertos, como el equipo jurídico de Tu Indemnización por Despido, sabrán el modo de conseguirla.
Consulta a un profesional
¿Conoces la diferencia entre la indemnización por despido improcedente y el finiquito?, ¿sabes calcular una indemnización por despido?, ¿cuál es tu antigüedad?, ¿qué indemnización te corresponde?, ¿cómo presentar una papeleta de conciliación correctamente?, ¿despido, cantidad o despido y cantidad?, ¿cuánto tiempo dispones para reclamar?
Es del todo normal que no dispongas de respuestas para las anteriores preguntas y otras muchas que puedan surgirte. No en balde, son años de estudios universitarios, práctica profesional y formación continua y complementaria la que proporcionan al abogado laboralista de conocimientos sólidos para despejar todas estas cuestiones. Te prevenimos de los tutoriales de Internet porque lo barato puede salir muy caro. Para estos asuntos no caben respuestas en vídeos de unos pocos segundos. Te aconsejamos que, si te han despedido, acudas a un despacho de confianza y que te ofrezca garantías máximas, como el gabinete de Tu Indemnización por Despido.
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